Al estar su empresa publicada en Internet a través de una página web es fundamental tener en cuenta las obligaciones legales impuestas por la normativa aplicable y adoptar los mecanismos jurídicos y lógicos para el cumplimiento de dichas leyes.
En concreto nos referimos:
- Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI): “regulación del régimen jurídico de los servicios de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios”
- LO 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal(LOPD): “ley orgánica que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas”
El incumplimiento de dichas leyes le puede acarrear a su empresa sanciones de tipo económico. Pudiendo ser una sanción leve (de hasta 30.000€), una sanción grave (de entre 30.001€ a 150.000€), o una sanción muy grave (de entre 150.001€ a 600.000€)
La forma de cumplir con las obligaciones legales impuestas por la LSSI es seguir una serie de pasos, detallados a continuación:
- Inserción en su página web, o modificación si ya existiese, de un “Aviso legal o Condiciones de Uso” siguiendo las directrices marcadas por los arts.10, 11 y 17 de la LSSI y por el art.5 LOPD.
- Se tendrán que acoger a la LOPD, registrándose en la Agencia de Protección de Datos según art.19.2 LSSI. Dicho artículo indica que aquellas paginas web que obtengan datos personales, información a los interesados y creación y mantenimiento de ficheros de datos personales tendrán que realizar los correspondientes registros.
- Atendiendo a la obligación que impone el art.9 LSSI, le recomendamos comunicar el nombre de dominio utilizado por su empresa para su identificación en Internet a aquellos Registros Públicos en los que se encuentre inscrito, con la finalidad de publicidad registral.
Nuestra empresa le ofrece la posibilidad de tramitar y gestionar las medidas de obligado cumplimiento mencionadas en el punto uno y dos para que no infrinja las actuales normativas legales y así no exponerse a duras sanciones.